Cuando Putin invadió Ucrania y se desató la crisis de precios energéticos quedó patente, para empezar, que había ciudadanos que ni siquiera sabían si el régimen tarifario de su recibo de la luz colgaba del mercado regulado o del libre. La proliferación de entradas en internet con las que los actores más diversos intentaron despejar esa incógnita dio fe de que el desconocimiento estaba bastante extendido. Por resumir, todo estaba o tenía que estar en la factura; lo que llevó a muchas personas a detenerse en leerlas, a menudo por primera vez, encontrándose con una terminología compleja de entender.
Tipos de tarifas eléctrica
Este papel, o su versión electrónica, contiene los datos del contrato de suministro de electricidad vigente para cada uno. El mercado de referencia tiene que aparecer en algún lugar, ya sea con las leyendas tarifa PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor) o regulada para el primero de los modelos o tarifa libre u otra expresión similar si se optó por el mercado abierto. Si las dudas persisten, cabe también fijarse en el nombre de la compañía emisora, ya que los pocos grupos suministradores de electricidad utilizan una denominación social distinta para cada régimen tarifario. Otra cosa es que los haya que permiten identificar fácilmente la empresa si estás en el mercado libre (por ejemplo, Iberdrola Clientes o Naturgy Iberia), aunque hayan sido más creativos a la hora de denominar sus filiales para el regulado (respectivamente, Curenergía Comercializador de Último Recurso y Comercializadora Regulada Gas & Power).
El fuerte encarecimiento del precio del kilovatio en un contexto, además, de fuerte volatilidad, ha sido convenientemente aprovechado por las comercializadoras y ha tenido como consecuencia un trasvase no desdeñable de usuarios regulados hacia el mercado abierto. Asimismo, para acceder al PVPC es necesario cumplir una serie de condiciones (el principal, que la potencia contratada no sea superior a los 10 kilovatios) y es requisito imprescindible para optar al bono social, aplicable a los hogares económicamente más vulnerables y víctimas de pobreza energética.
Conceptos de tu factura eléctrica
Si hay que extraer, pues, una conclusión positiva de la tormenta de precios de la energía ésta sería que los consumidores están hoy mejor informados que antes; pero eso no quiere decir que entiendan los conceptos por los que se cobra en el recibo de la luz. Sería la otra parte de la factura. Vayamos paso a paso:
- El primer epígrafe es el de la potencia instalada. Como en el caso anterior, muchos hogares la desconocen, ya sea porque no prestaron atención a ese detalle al firmar su contrato o porque heredaron uno ya suscrito cuando compraron la vivienda. El dato aparece en la factura y representa un coste fijo (consumas o no electricidad) cuya cuantía, no obstante, depende de los kilovatios que tienes suscritos; y, ojo, afecta tanto a los regulados como a los libres.
Sólo resta saber si esa potencia es la adecuada en función de nuestros hábitos de consumo porque, de ser excesiva, estaremos pagando de más a lo tonto y engordando, al mismo tiempo, la base sobre la que se calculan los tributos indirectos (IVA e Impuesto Especial sobre la Electricidad).
Estimaciones sobre cuántas familias tienen una capacidad eléctrica superior a la necesaria las hay para todos los gustos: van desde el 11,5% estimado por Holaluz hasta el 70% que la organización de consumidores Facua calculó en un informe publicado hace un año. Sea cual sea, merece la pena comprobarlo, y muy especialmente si no suele saltar el interruptor de control de potencia o, lo que es lo mismo, los plomos de toda la vida. Aparte de acudir, de nuevo, a las guías que han proliferado también para este caso por internet, o a ponerse en contacto con la compañía suministradora, otra de las maneras para despejar la incógnita es revisar el histórico de consumo. Si, por ejemplo, has estado empleando una media de 4,3 kilovatios y tienes contratados 5,5 debieras ajustar tu capacidad eléctrica.
En todo caso, hay que tener en cuenta que el ahorro por una eventual reducción de potencia suele rentar sólo a partir de un kilovatio, así como que sólo se permite un cambio al año.
- El segundo elemento, en este caso variable, es el consumo efectivo de electricidad, que depende fundamentalmente de los precios de mercado por horas. Los usuarios del mercado libre pagarán en función de los términos acordados con su comercializadora (precio estable o con discriminación horaria en más de un tramo), mientras que en los regulados la citada disriminación lo es en tres tramos (valle, llano y punta).
Luego están el peaje referido a las redes de transporte y distribución y los cargos asociados al fomento de energías renovables, los que cubren el diferencial de costes de producción en los territorios no peninsulares y los anuales para enjugar el déficit del sistema. La cuantía del peaje la establece la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la de los cargos, el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Desde junio de 2021, el peaje viene con discriminación horaria tanto en términos de potencia como de energía, lo que significa que las cuantías serán diferentes según el horario en que se consuma la electricidad. Esta medida supone un aumento de la diferencia entre los precios que rigen en el periodo más barato (valle) y el más caro (punta). Cabe señalar que los usuarios pueden contratar potencias distintas para cada una de las dos franjas horarias, siendo la primera (de las 00.00 a las 8.00 horas, así como fines de semana y festivos nacionales) significativamente menos onerosa que la segunda.
Para todos aquéllos que no tienen en propiedad el equipo de medida (contador), se les pasa un cargo por el alquiler del mismo. El Gobierno establece anualmente una horquilla de precios.
- Finalmente, los impuestos. El primero, el Especial sobre la Electricidad, se establece sobre la suma de potencia más consumo y el resultado se incorpora, junto a ambos conceptos, a la base de cálculo del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Los tipos generales de ambos tributos son, respectivamente, del 5,113% y del 21%, pero el Gobierno respondió a la crisis de precios energéticos rebajándolos al 0,5% y el 5% (tras unos meses al 10%). Lo mismo hizo con los cargos, a los que aplicó una rebaja del 9,21%.
La incógnita era si, como se anunció cuando entraron en vigor, decaerían con el comienzo de 2024, volviéndose a los tipos originales o, también, a un punto intermedio. Sin esperar a la confirmación oficial, los expertos consultados por los medios vaticinaron de media un encarecimiento de la electricidad del 23% con sólo pasar de 2023 a 2024. Pues bien, cuando concluía el año pasado el Ejecutivo anunció la vuelta del IVA, aunque al tipo del 10%, para todo el presente ejercicio; la subida paulatina del IEE hasta terminar en el 5,113% original y la recuperación escalonada del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE), cuyos sujetos tributarios son las empresas aunque acostumbran a repercutirlo en las facturas de la luz.
Habrá, pues, encarecimiento, pero será la ciudadanía la que, con un mayor conocimiento de causa tras comprender mejor los entresijos de su recibo, podrá hacer sus cálculos y tomar sus decisiones. Con este panorama, aumentará la rentabilidad del autoconsumo y además desde Ecooo os animamos a aplicar siempre el resto de medidas para mejorar la eficiencia energética ya sea del hogar, del lugar de trabajo, colegios o centros educativos que también nos van ayudar al ahorro energético y tendrán repercusión positiva tanto en nuestra economía como en el medio ambiente.